
Comunicación “A” 8249 del BCRA – Implicancias para el Ecosistema Financiero
La Comunicación “A” 8249 emitida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) marca un punto de inflexión regulatorio en la intersección entre el sistema financiero tradicional y los servicios tecnológicos. Publicada el 30 de mayo de 2024, esta norma introduce cambios sustanciales sobre cómo las entidades financieras deben vincularse con los Proveedores de Servicios de Pago que Ofrecen Cuentas de Pago (PSPOCP).
🚀 ¿Qué establece la Comunicación? El eje central de esta disposición es la prohibición para las entidades financieras de operar con PSPOCP que utilicen cuentas a nombre de terceros para ofrecer servicios de pago o custodia de fondos de clientes, sin que estos estén claramente identificados. En otras palabras, el BCRA busca limitar el uso de cuentas “omnibus” donde los fondos de múltiples usuarios se concentran en una única cuenta bancaria titularizada por el proveedor de servicios de pago.
Objetivos de la medida Transparencia y trazabilidad: La norma obliga a que toda operación realizada a través de plataformas de pago esté respaldada por la identificación efectiva del cliente final. Esto promueve una mayor trazabilidad y reduce los riesgos asociados a operaciones opacas.
Prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo (PLA/FT): Al exigir que cada usuario esté debidamente identificado, se fortalece la capacidad del sistema para detectar y prevenir actividades ilícitas. Mitigación de riesgos sistémicos: El BCRA busca evitar descalces operativos y posibles quiebras en cascada que podrían generarse si los fondos de los usuarios no están segregados adecuadamente.
Alcance y destinatarios Esta comunicación impacta a:
✅ Bancos y entidades financieras tradicionales: que ya no podrán operar con PSPOCP que no cumplan con las nuevas exigencias.
✅ Proveedores de servicios fintech: que deberán revisar sus estructuras operativas, modelos de custodia de fondos y relaciones contractuales con sus usuarios.
✅ Usuarios finales y empresas: que podrían experimentar cambios en la disponibilidad o condiciones de ciertos servicios de pago.
Entrada en vigencia y plazos La norma entra en vigencia de manera inmediata a partir del momento de su publicación, aunque se prevé un período de adecuación operativa que permita a las partes involucradas adaptar sus procesos sin interrupciones abruptas en los servicios.
13 de junio de 2025



